TEMAS PARA SER ABORDADOS
POR MIEMBROS DE LA LIGA Y PUBLICADOS EN
ECOSOSTENIBLE
Introducción:
En el caso de los Abogados Ambientalistas
se puede apreciar que la decisión
de especializarse en esta materia es con
mucha frecuencia resultado de una suerte
de especial vocación y compromiso
hacia los valores y realidades a proteger,
esto es por el medio ambiente.
Tomo en consideración esto para definir
los temas de trabajo en los que los Abogados
Ambientalistas podrían contribuir
de forma más efectiva a la protección
de los valores ambientales, desde sus artículos
a publicar en Ecosostenible.
Desde luego que cualquier trabajo de análisis
riguroso sobre cualquier aspecto de la esfera
del medio ambiente siempre sería
de interés y muy de agradecer por
los lectores. En ese sentido, aunque marquemos
a continuación algunas temáticas
y enfoques prioritarios, eso no quitaría
para recibir de muy buen grado colaboraciones
que no respondieran exactamente a los mismos.
Ahora bien, la oportunidad estimulante que
se nos abre con la colaboración entre
LIMAA y Ecosostenible ha de plantearse seriamente
¿Cómo se puede aportar valor
desde le mundo de la práctica jurídica
y de reflexión jurídica para
responder a los más acuciantes retos
y desafíos ambientales de la coyuntura
actual?
Así, la situación que se aprecia
cada vez más en muchas sociedades
(salvo excepciones, los países nórdicos
y escandinavos europeos) es la incoherencia
entre lo que se declara querer hacer y lo
que realmente se hace al final; existe una
brecha entre las legislaciones y las políticas
que suelen ser declarativamente muy ambiciosas
y los resultados de las mismas que suelen
ser decepcionantemente pobres o muy pobres.
Por tanto, de lo que se trata es de intentar
que el medio ambiente se tome en
serio. Para ello, por un lado es
necesario conseguir que la normativa ambiental
se cumpla; suena simple, pero desgraciadamente
pretenderlo es un objetivo difícil,
muy difícil a veces. Y por otro lado
hacen falta nuevos instrumentos jurídicos
que ayuden a dar efectividad a los objetivos
declarados en materia ambiental.
En este sentido es importantísimo
desarrollar nuevos instrumentos que consigan
el “cambio en comportamientos estratégicos”,
tal es el caso de las compras públicas
verdes, o de los impuestos verdes
o de los compromisos voluntarios
verdes (con beneficios de diversa
índole a modo de estímulo);
ese es un gran bloque a reforzar gracias
a la reflexión jurídica, de
lo que debería existir, de lo que
ya existe. Para nuestro conocimiento es
de interés las experiencias
europeas, nacionales, regionales, locales.
En todos estos niveles se tratan estos tres
instrumentos. Las implicaciones aquí
presentes son sobre todo de derecho Administrativo
y de Fiscal. Serían valiosas referencias
concretas de normas ya en marcha y de análisis
de los aspectos claves, de los “secretos
jurídicos claves” que permitieran
ser “exportados”. Es importante
el análisis que sirva para resolver
controversias jurídicas que puedan
inhibir la aplicación de estos instrumentos,
(p.ej. respecto a la contratación
pública verde la supuesta contradicción
–ya resuelta- entre principio de concurrencia
y valoración de méritos ecológicos
).
En este sentido, igualmente, es muy preocupante
en algunos países, como España,
con riesgo de transferirse a otros, el daño
ambiental producido por coyunturas de urbanismo
desbocado. Es importante reforzar la aplicación
de los instrumentos de prevención
ambiental: los procesos de evaluación
de impacto ambiental, las subsiguientes
declaraciones de impacto ambiental, el seguimiento
de sus condicionantes; las evaluaciones
ambientales estrategias, los análisis
y evaluaciones ambientales previos a los
planes urbanísticos. Es vital la
existencia de planes estratégicos
territoriales en los que a su vez se integren
los aspectos ambientales a nivel estratégico.
En todo este panorama de instrumentos jurídicos
(existentes o por crear) a su vez tiene
una gran relevancia la doctrina
y los precedentes que se van generando por
los órganos jurisdiccionales
o por los tribunales constitucionales (o
similares, donde los haya).
Por último, no queremos dejar de
destacar algunas realidades ambientales
más acuciantes en estos momentos,
donde quizá los abogados también
pudieran trasladarnos aportaciones de valor:
agua, tráfico en las ciudades, contaminación
atmosférica, energía (ahorro
y renovables), espacios protegidos (y su
compatibilización con el desarrollo
rural), cambio climático.
Normas para el envío
de trabajos
Se publicarán en Ecosostenible
los escritos que reúnan las siguientes
características:
1.ª Los escritos deben
ser originales: por lo tanto, no publicados
ni presentados para su publicación
en ningún otro medio de difusión.
2.ª Los trabajos deben
versar sobre la materia objeto de la revista
con independencia de que la perspectiva
sea jurídica, económica o
tecnológica, u otra equivalente.
Se tendrá especialmente en cuenta
que el lenguaje utilizado no sea un obstáculo
para la comprensión de su contenido,
particularmente por los no versados en la
materia de la especialidad correspondiente.
3.ª Los escritos incluirán
un breve resumen y conclusiones (o consideraciones
finales), así como unos términos
descriptores del mismo, en caso contrario,
se rechazará el trabajo.
Se estructurará en los siguientes
niveles:
1.
1.1.
1.2.
a)
b)
2.
4.ª Los escritos se redactarán
utilizando el tipo de letras Times 10 e
interlineado 1,5. La extensión no
podrá ser superior a 15 páginas,
incluyendo gráficos y cuadros. Los
escritos deberán remitirse por correo
electrónico.
5.ª Las notas irán numeradas
correlativamente, incluyéndose su
contenido a pie de página, a espacio
sencillo.
6.ª Las referencias bibliográficas
que aparezcan en el texto o la bibliografía,
en su caso, se recogerán al final
del escrito, con el siguiente formato: apellido
e inicial del nombre del autor o autores
(en mayúscula); año de publicación
(entre paréntesis); título
del libro (en cursiva) o del artículo
de la revista (en este último caso
entre comillas); en su caso, título
de la revista (en cursiva); editorial y
lugar de publicación (en caso de
libro). La referencia a incluir en el texto
sólo indicará el apellido
del autor, año ypágina entre
paréntesis.
7.ª Los escritos irán precedidos
de una página independiente que contenga
el título (que deberá ser
breve), el nombre del autor o autores, su
dirección y teléfono, n.º
de NIF, así como la institución
a la que pertenecen y/o cargo que desean
que aparezca en la Revista.
8.ª Los escritos serán sometidos
a un proceso de evaluación anónimo.
La Dirección de la Revista decidirá,
a la vista del resultado de la evaluación,
sobre la procedencia de la publicación.
9.ª El autor o autores del trabajo
enviado y publicado en ECOSOSTENIBLE expresamente
autorizan a la editorial la publicación
de este trabajo en cualquiera de las otras
publicaciones pertenecientes al grupo Wolters
Kluwer y en cualquier soporte (CD, DVD,
internet, papel, etc.).